URGENTE !!! NOVEDAD !!! Afectados por el DCC

Estado
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Interesante aportación. Te respondo en mi caso.

Respecto a "carácter esencial", pues el DCC es esencial, no hablamos del tipo de cutremoqueta de la toma 12V del maletero, ni nada parecido, es un componente importante que define el comportamiento y la seguridad del coche.

En mi caso, yo puse como anticipo 3.400 €, tenía el dinero, lo acababa de sacar de un deposito a plazo y no rentaba apenas; si le sumas que esperaba recibirlo en tres meses, pues me dije que ya tenía una parte pagada y yo mismo dije que pagaría un 10%. Pues vale, que me ofrezcan 6.800 € y me lo pienso.

Por otro lado, os puedo asegurar que estuve mirando muchos SUV, al final, por muchas razones de tamaño interior, precio, dimensiones exteriores, tecnología, diseño del coche, etc, etc, el Ateca fue y sigue siendo el ganador y, hoy por hoy, pienso quedarme con él. Pero eso no quita que a veces piense que se han quedado conmigo y que valoran poco a los clientes, como si fuéramos compradores cautivos.

pufff, pues por 3400€ de beneficio yo aceptaría y me compraría el Ateca de nuevo aunque tuviese que esperar otros 3 meses...
yo solo dí 200 de señal...
 
Ojala me equivoque pero sera inutil, en todos los catalogos hay cosas que luego no vienen, a mi me paso cuando compre el golf iv, y lo mas importante hemos firnado un contrato donde viene el equipamiento de serie y ahi no pone nada de dcc por lo menos en el mio, si alguien se lo pone si podra hacer algo.
A modo de ejemplo jurídico....tampoco te dice que lleve pastillas de freno, y seguramente ... vendrán puestas.;);)
 
Por si sirve de algo, en el leon mk3 venia en catálogo "funcion parking del espejo derecho" que consiste en que al meter marcha atras el espejo derecho de bajaba solo para ver los bordillos. Pues bien, cuando llegaron nuestras unidades eso no lo tenia.
Se lo dije al comercial, nada, lo dije en taller, nada, al final funciono seat responde por telefonl. Rapidamente me lo solucionaron, indicandome que lo habian quitado por unos problemas que podia dar y ya no se podia poner, y q me compensaban con 150€ (los cuales me devolvio el concesionario).
 
Hola,
acabo de ver esto y hasta hace un minuto no tenía ni idea del famoso DCC...per vamos, que yo el pedido lo hice el 22 de junio o sea que también me afecta...
Apúntame que me uno a la causa.

Saludos.
 
Copio del contrato de compra venta los puntos 2 y 3 del apartado II - Pedido

Las inclinaciones a cursiva y o subrayados y negritas la pongo yo pasa resaltar; evidentemente no viene de esa forma en el contrato.


II. - Pedido

II.2.- En el caso de que el VENDEDOR no pudiese suministrar el vehículo especificado por haber cesado el Fabricante su producción, el vendedor comunicará tal circunstancia al COMPRADOR por escrito. El COMPRADOR podrá optar por adquirir un modelo o tipo distinto, o por cancelar este contrato.

II.3.- Salvo que expresamente se manifieste lo contrario en el Pedido el cliente acepta cualquier modificación técnica, o de equipamiento, que el Fabricante hubiera podido introducir en el modelo solicitado desde la fecha de la solicitud hasta la entrega, siempre que éstas no sean de carácter esencial

:thumbsup: siempre que éstas no sean de carácter esencial.-
a mi parecer, es la única coletilla a la que pudiéramos acogernos.

No se que os parece a vosotros

Y ahora y al hilo de lo anterior dejarme decir

Si a vuestro ATECA le dejan la misma:

la "CHAPUMOQUETA" en el maletero
La "SINALARMA"
La "CUTREBARRA" para sujetar el capó
Una pegativa bien clara y en rojo que diga -sin DCC-

Y el concesionario te tiene preparado un contrato de desistimiento
y un cheque por el duplo de la cantidad entregada como señal, pongamos como ejemplo: 1.000 x 2 = 2.000



- COGERIAS LOS 2.000 € ? o te


- QUEDARIAS CON TU ATECA.....?

“dat is the question".
Compañero Felipe-FX, se te ha olvidado un detalle importante, crucial, en este mundo del derecho, la interpretación de la norma es esencial y es que Seat se reserva " salvo que expresamente se manifieste lo contrario en el pedido el cliente acepta cualquier modificación técnica, o de equipamiento que el fabricante hubiera podido I N T R O D U C I R.... SEAT no ha introducido ningún equipamiento, lo ha quitado y eso no figura recogido en las cláusulas del contrato.
 
Apuntadme por favor a esa reclamación!

Por cierto, no voy a entrar en discusiones que vaya las que tenéis jajajaja

Cada uno reclama lo que cree que es suyo, y si compramos un coche por catálogo, en el catálogo pone 'x', después el catálogo cambia a 'y' y te dan 'y' veo lógico que se reclame
 
Pues no termino de ver la diferencia entre dcc y control de chasis adaptativo ... no es el desglose de las siglas en español?
PD que control sobre el chasis va a tener si no es sobre las suspensiones?
 
Es la primera vez que escribo en este hilo y no creo que lo haga en muchas ocasiones más.


Abiertamente me declaro contrario a la causa que aquí defendéis, si bien respeto que reclaméis y luchéis por vuestros derechos como compradores e individuos.


La razón de que me oponga a esta reclamación es que creo que no hay causa jurídica que la apoye. Además, creo que hay componentes externos que contribuyen a que muchos de vosotros creáis que estáis luchando por algo que es justo, cuando en mi opinión, no lo es.


En este hilo se pretende reclamar a Seat por una cuestión de publicidad engañosa, entiendo yo, pero de hecho Seat nunca ha publicitado que su modelo Ateca tenga la tecnología DCC.


Lo único que apoya vuestra reclamación es que la primera versión del catálogo incluía la palabra DCC en alguna parte del texto, y se podía extraer de ello que el modelo incluía dicha tecnología.


Lo que ignoro si habéis tenido en cuenta es el siguiente texto que Seat incluye en todos sus catálogos:


“Seat aplica una política de continuo desarrollo de sus productos y se reserva el derecho de realizar cambios en las especificaciones sin previo aviso. La información que aparece en este catálogo debe servir como simple referencia”.


Tratándose de un catálogo de uso referencial (y no vinculante a nivel legal con ninguno de vosotros), dudo que se pueda justificar ningún agravio por omisión o imprecisión en la información en el escrita.


El contrato que sí vincula es la firma de la compra (o de la reserva) del coche, donde se especifica que se está comprando/reservando. Si en las especificaciones en el descritas estuviera la palabra DCC, entonces sí que podría haber causa para esa persona.


De todas formas, lo que realmente no respaldo en toda esta historia es que reclamar a una compañía por haberse equivocado en un catálogo os parezca lícito.


En mi opinión, hay una mezcla de intereses velados de muchos participantes en esta iniciativa que hubiesen deseado que el coche tuviera esa tecnología y que, al no tenerla, hayan en ese enfado o en esa decepción la causa necesaria para justificar esta reclamación que, a mi entender, no es justa para con Seat.



Espero que podáis respetar mi opinión al igual que yo respeto vuestra postura.



P.D. No trabajo para Seat ni tengo ningún vínculo con la firma más allá de haberles comprado un coche recientemente…
 
Compañero Felipe-FX, se te ha olvidado un detalle importante, crucial, en este mundo del derecho, la interpretación de la norma es esencial y es que Seat se reserva " salvo que expresamente se manifieste lo contrario en el pedido el cliente acepta cualquier modificación técnica, o de equipamiento que el fabricante hubiera podido I N T R O D U C I R.... SEAT no ha introducido ningún equipamiento, lo ha quitado y eso no figura recogido en las cláusulas del contrato.

Tampoco soy un experto en legal, pero creo que el contrato se refiere a introducir una modificación de equipamiento. No a introducir equipamiento.

Lo cierto es que SEAT ha metido la pata con su catalogo. Por la informacion publicada en la web y a periodistas, yo no tenía ninguna duda de que el coche no llevaba el chassis adaptativo. Pero porque han tardado tanto en rectificar el catalogo? Se le podría acusar de publicidad engañosa ya que eran muy conscientes de que no lo iba a llevar y sin embargo publicaban lo contrario. La decision de quitarlo no se ha hecho en mayo o junio.
 
El problema viene cuando te tenias que fiar del catalogo para comprar pq era lo único que había. ..
 
Lo único que apoya vuestra reclamación es que la primera versión del catálogo incluía la palabra DCC en alguna parte del texto, y se podía extraer de ello que el modelo incluía dicha tecnología.
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“Seat aplica una política de continuo desarrollo de sus productos y se reserva el derecho de realizar cambios en las especificaciones sin previo aviso. La información que aparece en este catálogo debe servir como simple referencia”.
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Tratándose de un catálogo de uso referencial (y no vinculante a nivel legal con ninguno de vosotros), dudo que se pueda justificar ningún agravio por omisión o imprecisión en la información en el escrita.
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En mi opinión, hay una mezcla de intereses velados de muchos participantes en esta iniciativa que hubiesen deseado que el coche tuviera esa tecnología y que, al no tenerla, hayan en ese enfado o en esa decepción la causa necesaria para justificar esta reclamación que, a mi entender, no es justa para con Seat.
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Espero que podáis respetar mi opinión al igual que yo respeto vuestra postura.

@RaulKO, pues claro que puedes opinar y tu opinión puede y debe ser respetada, pero no solo eso, es también bienvenida. En defensa de la mayoría de los componentes del foro, debo decir que el respeto en la discrepancia es la norma.
Tampoco soy jurídico (ni trabajo en Seat, jejeje), pero sí recuerdo haber visto sentencias en las que se considera que la publicidad y el material promocional son vinculantes para el vendedor. Adicionalmente, cuando habla de reservarse el derecho a introducir cambios, viene precedido de "continuo desarrollo de sus productos" y eso no parece querer decir que se puedan quitar elementos importantes, más bien lo interpretaría al contrario.
De acuerdo en la mezcla y variedad de intereses de los participantes en el hilo. Desde el principio hubo gente que decía que lo tenía en su coche actual y era muy importante para ellos, otros que se enteraron que este elemento existía al leerlo, etc; también habrá quien quiera que se lo instalen a posteriori (cosa casi imposible, me parece) y otros que solo pretenderán un descuento.
En cualquier caso, tu opino es apreciada y bienvenida.
 
Tampoco soy un experto en legal, pero creo que el contrato se refiere a introducir una modificación de equipamiento. No a introducir equipamiento.

Lo cierto es que SEAT ha metido la pata con su catalogo. Por la informacion publicada en la web y a periodistas, yo no tenía ninguna duda de que el coche no llevaba el chassis adaptativo. Pero porque han tardado tanto en rectificar el catalogo? Se le podría acusar de publicidad engañosa ya que eran muy conscientes de que no lo iba a llevar y sin embargo publicaban lo contrario. La decision de quitarlo no se ha hecho en mayo o junio.
Cuando alguien introduce equipamiento o modificaciones es para mejorar el producto, nunca para empeorarlo. No tiene sentido que si te mejoran lo comprado te quejes. Otra cosa es que lo modifiquen en perjuicio del comprador, porque desde ese mismo momento, estamos tratando de publicidad engañosa
 
Es la primera vez que escribo en este hilo y no creo que lo haga en muchas ocasiones más.


Abiertamente me declaro contrario a la causa que aquí defendéis, si bien respeto que reclaméis y luchéis por vuestros derechos como compradores e individuos.


La razón de que me oponga a esta reclamación es que creo que no hay causa jurídica que la apoye. Además, creo que hay componentes externos que contribuyen a que muchos de vosotros creáis que estáis luchando por algo que es justo, cuando en mi opinión, no lo es.


En este hilo se pretende reclamar a Seat por una cuestión de publicidad engañosa, entiendo yo, pero de hecho Seat nunca ha publicitado que su modelo Ateca tenga la tecnología DCC.


Lo único que apoya vuestra reclamación es que la primera versión del catálogo incluía la palabra DCC en alguna parte del texto, y se podía extraer de ello que el modelo incluía dicha tecnología.


Lo que ignoro si habéis tenido en cuenta es el siguiente texto que Seat incluye en todos sus catálogos:


“Seat aplica una política de continuo desarrollo de sus productos y se reserva el derecho de realizar cambios en las especificaciones sin previo aviso. La información que aparece en este catálogo debe servir como simple referencia”.


Tratándose de un catálogo de uso referencial (y no vinculante a nivel legal con ninguno de vosotros), dudo que se pueda justificar ningún agravio por omisión o imprecisión en la información en el escrita.


El contrato que sí vincula es la firma de la compra (o de la reserva) del coche, donde se especifica que se está comprando/reservando. Si en las especificaciones en el descritas estuviera la palabra DCC, entonces sí que podría haber causa para esa persona.


De todas formas, lo que realmente no respaldo en toda esta historia es que reclamar a una compañía por haberse equivocado en un catálogo os parezca lícito.


En mi opinión, hay una mezcla de intereses velados de muchos participantes en esta iniciativa que hubiesen deseado que el coche tuviera esa tecnología y que, al no tenerla, hayan en ese enfado o en esa decepción la causa necesaria para justificar esta reclamación que, a mi entender, no es justa para con Seat.



Espero que podáis respetar mi opinión al igual que yo respeto vuestra postura.



P.D. No trabajo para Seat ni tengo ningún vínculo con la firma más allá de haberles comprado un coche recientemente…

@RaulKO, es una postura muy digna y que te honora mucho.

Pero a mi sí me parece una causa justa. Si es cierto que el catalogo no es vinculante, el contrato que firmamos al hacer el pedido deja mucho que desear en cuanto a especificación. En mi caso sólo hace el detalle de los equipamientos opcionales. Si estuviera incluida la lista completa de equipamiento sería otra cosa.

Además, lo de quitar el DCC está motivado por razones financieras. Si hubiera sido por motivos técnicos pues lo teníamos que haber aceptado, pero si recortan por razones económicas es de suponer que el precio de venta también tenía que verse afectado.

Como lo he comentado antes, yo no tenía mucha duda que no lo llevará porque no llegué a leer este catalogo. Sino me hubiera hecho un lío como otros. Me uno a esta plataforma porque creo que Seat ha cometido un error grave y no se debe repetir y uniendo fuerzas es la única manera de que les llegue el mensaje.
 
Estamos de acuerdo que el no incluir el chasis adaptativo pueda ser debido a un error tipográfico. Ese error es esencial, puesto que publicita un equipamiento de seguridad que no ofrece, modificando el catálogo con posterioridad (4 meses)
Si os habéis fijado, en el primer catálogo en el equipamiento del style, repite lo del parasol con luz de cortesía...bla bla bla. Pues cual ha sido mi sorpresa al comprobar que en el revisado, sigue existiendo el error. Y yo me pregunto, no deberían despedir al responsable de los catálogos? No han tenido tiempo en cuatro meses, de modificar la errata?, Se aprecia cierto tufillo a dejadez o incompetencia.
Yo pregunto a los miembros del foro, principalmente los que lo compraron en los primeros meses, Qué idea del coche tenían los comerciales?
Recuerdo que no había ni coches, únicamente el catálogo, tampoco había muestras de los colores, no había nada. El comercial no tenía ni idea. Por qué esa precipitación en poner el coche a la venta?. Creo que lo correcto hubiera sido prepararlo todo, revisarlo, dar cursillos a los comerciales y a partir de ahí venderlo, no comenzar la casa por el tejado.
En cualquier folleto comercial, por ejemplo de una soporte para móvil, con un asterisco te indican *móvil no incluido. Y claramente te están vendiendo un soporte. Imaginaros por qué será.
Yo soy un comprador de buena fe, he elegido un modelo por el que voy a pagar un precio. Se supone que el incremento de valor del coche es debido a la inclusión de dotación que el modelo más básico no tiene.
Desde mi punto de vista, la incompetencia de un equipo de publicidad, no es comparable con la ilusión de cientos o miles de compradores. La calidad de un producto, no sólo se mide por la calidad de los materiales, también es importante el trato al cliente.
 
Lo único que apoya vuestra reclamación es que la primera versión del catálogo incluía la palabra DCC en alguna parte del texto, y se podía extraer de ello que el modelo incluía dicha tecnología.


¡! ni siquiera eso @RaulKO ¡! En el catálogo no aparece “DCC” de lo que habla es de “Control de Chasis Adaptativo” que no tiene por qué ser lo mismo…


De todas formas difiero contigo. Si en el catálogo original hablara claramente de “regulación adaptativa del tren de rodaje (DCC)” (que no lo hace). Si entiendo que habría motivo suficiente para la reclamación.. independientemente de la famosa cláusula de SEAT. Porque la ley en España (Y en toda Europa) protege al consumidor de cláusulas abusivas como esas y especifica claramente que los folletos publicitarios pueden tener carácter contractual. (por cierto, un off topic: ESTE ES EL TIPO DE GARANTIAS QUE ESTAMOS A PUNTO DE PERDER CON EL FAMOSO TRATADO TTIP que quieren firmas nuestros políticos)


De hecho, ¡!es al revés!!, si el folleto especificara por error que el coche incluye el DCC y en la hora de firmar el contrato (por el motivo que fuera) ese extra no se pudiera montar. SEAT tendría que especificar claramente en el contrato ¡! QUE NO LO LLEVA ¡!.


Si no, tendrían razón los compañeros… en cualquier caso la demanda es muy “sutil” y sujeta a interpretación. La demanda se sostendría sobre un error tipográfico, pero sin embargo esperáis ingenuamente que el juez interprete “la ambigüedad del término” a vuestro favor y esto es bastante improbable.


Y en el mejor de los casos (para los demandantes) la indemnización rondaría los 1.000 euros.


Sin contar los gastos de la demanda, solo por las molestias, los disgustos y no andar de pleitos. Yo creo que no merece la pena (es una opinión).


De todas formas como ya dije en un Pos anterior. Honestamente yo no puedo darme por engañado (diga lo que diga el catalogo) porque mi comercial me indico claramente que no lo llevaba… así que en buena fe. Yo no podría reclamarlo… Yo normalmente cuando trato con alguien exijo seriedad pero también la ofrezco..
 
¡! ni siquiera eso @RaulKO ¡! En el catálogo no aparece “DCC” de lo que habla es de “Control de Chasis Adaptativo” que no tiene por qué ser lo mismo…


De todas formas difiero contigo. Si en el catálogo original hablara claramente de “regulación adaptativa del tren de rodaje (DCC)” (que no lo hace). Si entiendo que habría motivo suficiente para la reclamación.. independientemente de la famosa cláusula de SEAT. Porque la ley en España (Y en toda Europa) protege al consumidor de cláusulas abusivas como esas y especifica claramente que los folletos publicitarios pueden tener carácter contractual. (por cierto, un off topic: ESTE ES EL TIPO DE GARANTIAS QUE ESTAMOS A PUNTO DE PERDER CON EL FAMOSO TRATADO TTIP que quieren firmas nuestros políticos)


De hecho, ¡!es al revés!!, si el folleto especificara por error que el coche incluye el DCC y en la hora de firmar el contrato (por el motivo que fuera) ese extra no se pudiera montar. SEAT tendría que especificar claramente en el contrato ¡! QUE NO LO LLEVA ¡!.


Si no, tendrían razón los compañeros… en cualquier caso la demanda es muy “sutil” y sujeta a interpretación. La demanda se sostendría sobre un error tipográfico, pero sin embargo esperáis ingenuamente que el juez interprete “la ambigüedad del término” a vuestro favor y esto es bastante improbable.


Y en el mejor de los casos (para los demandantes) la indemnización rondaría los 1.000 euros.


Sin contar los gastos de la demanda, solo por las molestias, los disgustos y no andar de pleitos. Yo creo que no merece la pena (es una opinión).


De todas formas como ya dije en un Pos anterior. Honestamente yo no puedo darme por engañado (diga lo que diga el catalogo) porque mi comercial me indico claramente que no lo llevaba… así que en buena fe. Yo no podría reclamarlo… Yo normalmente cuando trato con alguien exijo seriedad pero también la ofrezco..
Primero, Yo no soy de inglés, pero DCC es driving chasis control. Tradúcelo. Segundo, el que pierde la demanda, paga todos los gastos. Tercero, si tu comercial te informó, tu no estás legitimado para reclamar y cuarto, estamos tratando de la seguridad nuestra y la de nuestros ocupantes, no de dinero
 
La polémica y discusión forma parte de los foros, siempre que los usuarios implicados mantengan un respeto, serenidad y se mantengan en el tema... ;)

Agradezco a ambos el discutir sin reñir, algo que creo ha hecho bien por el propio hilo; al menos a mí me queda más claro eso del Chasis adaptativo.
las discusiones coherentes forman parte de los foros, pero cuando alguien solo por el hecho de tener la ultima palabra quiere rebatir algo sin aportar ni datos ni pruebas llega a hacerse un poco cansino.
Tampoco soy un experto en legal, pero creo que el contrato se refiere a introducir una modificación de equipamiento. No a introducir equipamiento.

Lo cierto es que SEAT ha metido la pata con su catalogo. Por la informacion publicada en la web y a periodistas, yo no tenía ninguna duda de que el coche no llevaba el chassis adaptativo. Pero porque han tardado tanto en rectificar el catalogo? Se le podría acusar de publicidad engañosa ya que eran muy conscientes de que no lo iba a llevar y sin embargo publicaban lo contrario. La decision de quitarlo no se ha hecho en mayo o junio.
Si lees un poco mas atento el chasis adaptativo si que lo lleva lo que no lleva ni te ofertaron e el dcc.
El Chasis Adaptativo es el Driving Profile que lo puede llevar en la rueda, en la consola o en los dos. lo que no lleva el control de tren adaptativo o DCC.


Mirar la pantalla en el minuto 8:47
Si fuese como tu dices por que en el video que pone el amigo @Felipe-FX la propia consola te habla de control de chasis adaptativo con DCC?
 
Última edición:
Hola me apunto a la reclamacion a quien corresponda que me agrege
Compre el coche el 29 Julio creo que todavia no habian cambiado esa opcion.
Alguien lo sabe que dia cambiaron esa opcion?
Para quien quiera saber como funciona aqui tiene un video.


Un saludo.
 
Perdón por el off topic, pero me gustaría que alguien pudiera explicarnos la diferencia entre Chassis Adaptativo y DCC. Para mi es lo mismo, es la funcionalidad que permite actuar sobre la dureza de la suspensión mediante la selección del modo de conducción.

Por favor, para que este off topic no se transforme en discusión larga, aportad documentación oficial a vuestro post y así salimos todos de dudas

gracias
 
Perdón por el off topic, pero me gustaría que alguien pudiera explicarnos la diferencia entre Chassis Adaptativo y DCC. Para mi es lo mismo, es la funcionalidad que permite actuar sobre la dureza de la suspensión mediante la selección del modo de conducción.

Por favor, para que este off topic no se transforme en discusión larga, aportad documentación oficial a vuestro post y así salimos todos de dudas

gracias
Si buscas en un par de post míos tienes la diferencia y la definición de cada uno de ellos.
Pero básicamente es que el control de chasis adaptativo es el driving control que ya llevamos y si le añades el DCC Que ni llevamos ni te ofreció seat) tambien controlaría la suspensión.

Definición de Control de chasis adaptativo:
https://diccionario.motorgiga.com/control-de-chasis-adaptativo

Definición de Seat drive Profile:
https://diccionario.motorgiga.com/seat-drive-profile.

Definición de DCC:
https://diccionario.motorgiga.com/d...tronica-de-volkswagen/gmx-niv15-con194474.htm

Para que no tengáis que buscar.
 
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