URGENTE !!! NOVEDAD !!! Afectados por el DCC

Estado
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Seat no puede rescindir unilateralmente el contrato y ofrecer el doble de la fianza dada, eso es FALSO,

Te lo explico muy fácil, yo no Te puedo Robar 500€ y luego si me pillas te digo que te devuelvo 1000€ y que quedamos tan amigos.
Hay un hecho por el medio que se llama ROBO y eso tiene sus consecuencias, aunque si queda muy bien haber resarcido previamente lo robado, no deja de juzgarse el ROBO.

Pues sin ser Jurista, y no poder afirmar con total rotundidad si esto es una Estafa,(lo tendría que calificar un Juez o un Fiscal que son los que más saben) no le vale a SEAT previa a la entrega del coche, decirte que resuelvo el contrato porque me has pillado estafándote y te devuelvo el doble de la fianza y tan amigos. (no le vale, no funcionan así de simples las cosas).

Ahora habrá muchos compradores que ante desinformaciones, un poco de meter miedo, y un poco de saber que reclamar tus derechos siempre es un lío, que pasen de todo, pero si con una simple docena de compradores, que presenten sus reclamaciones, ante un juzgado con destino al Juzgado central de Instrucción sito en la audiencia Nacional, y que sea un Sr. Fiscal y un Sr. Juez quien consideren, valoren y vean los hechos y determinen si hay una POSIBLE estafa o una gran Chapuza, y supongo que para garantizar los derechos de los PRESUNTOS Posibles Chapuceros, los citen para saber algo más, por ejemplo si sólo es una chapuza, a la cual los autores, han ofrecido alguna solución civil o mercantil, o por el contrario, si han tenido intencionalidad o si están ocultando y escondiendo la "trampa" queriendo llevarse limpio un dinero que no les corresponde por unas características que de serie (S) trae el coche y ahora no lo trae.

Te transcribo el punto II.2 de mi contrato de compra:
"En el caso de que el Vendedor no pudiese suministrar el vehículo especificado por haber cesado el Fabricante su producción, el Vendedor comunicará tal circunstancia al Comprador por escrito. El Comprador podrá optar por adquirir un modelo o tipo distinto, o por cancelar este Contrato".

Eso significa que tu concesionario me puede decir: "Señor Pep'On, como Vd. bien me reclama, el Sr. SEAT ya no fabrica el acabado Xcellence con DCC. Que prefiere Vd. elegir otro tipo de acabado o de modelo, o cancelar el contrato"
 
Si nos ponemos quisquillosos podemos decir "Seat no ha cesado de fabricar Atecas Excellence con DCC, porque nunca ha empezado".
Y sin ponerse tan quisquilloso al pie de la letra, creo que no se podrían acoger a esa norma, porque no es el espíritu de la norma".

Como digo, mi opinión..
 
Nunca fue gratis, sólo para quien acredite carecer de recursos, y las famosas TASAS recientemente las han tumbado en la mayoría de los casos.
Ahora sí puede ocurrir que si ganas todos estos gastos CIVILES los pague encima SEAT, que le costarán un buen pico.
Y lo que si es gratis es el proceso PENAL, si te roban o estafan, (yo no puedo precisar al 100% si es así), y es así calificada la Denuncia, ya pasa a ser un delito perseguido de Oficio, y tu simplemente un perjudicado del robo o Estafa, con lo cual no necesitas poner ni un €.

Obviamente mejor que denunciar a fulano de cual....lo mejor es PONER EN CONOCIMIENTO UNA POSIBLE ESTAFA GENERALIZADA, aportando todas las pruebas que tengas, y explicando entre que fechas se produce, a cuantos posibles afectados, el ámbito de la estafa que es todo el territorio Nacional, y quien o quienes pueden ser los autores de esa posible Estafa y el teórico domicilio de estos supuestos estafadores o el domicilio de trabajo.

Y será el Sr. Fiscal o el Sr. Juez quien decide si le da trámite, te ofrece ser un perjudicado más. y quien determina si continua con la denuncia y si cita a todos a que a su presencia se expliquen claramente. y TODO ESTO ES GRATIS. Tenemos un gran país con una constitución que te garantiza esto, que gracias a tus impuestos y a estos asimilados a grandes funcionarios como son un Juez o un Fiscal, preservan tus derechos.
 
Como bien señalas tú, el contrato dice que quien puede OPTAR es el comprador y ese soy yo no seat, y yo opto por continuar con la compra, el vehículo sigue comercializándose y simplemente es que no quiere instalar lo que ofreció en su publicidad.
Ya sabe lo que tiene que hacer SEAT = instalármelo o buscar un acuerdo, y deberá por escrito comunicar algo.
no ha hecho nada de nada.
 
Te transcribo el punto II.2 de mi contrato de compra:
"En el caso de que el Vendedor no pudiese suministrar el vehículo especificado por haber cesado el Fabricante su producción, el Vendedor comunicará tal circunstancia al Comprador por escrito. El Comprador podrá optar por adquirir un modelo o tipo distinto, o por cancelar este Contrato".

Eso significa que tu concesionario me puede decir: "Señor Pep'On, como Vd. bien me reclama, el Sr. SEAT ya no fabrica el acabado Xcellence con DCC. Que prefiere Vd. elegir otro tipo de acabado o de modelo, o cancelar el contrato"

No creo que haga esto seat, perdería la señal y el margen del coche. Yo he dejado 600 euros de señal, montar el dcc esta vendido por 890 euros en el seat Leon. Seguro que a seat le cuesta menos montarlo que indemnizarme y perder una venta.
 
@Pep'on te estoy aportando pruebas y conocimiento de como funcionan las cosas,
Me encanta este debate, donde intentas hacer de SEAT (sin serlo que no lo pongo ni en duda) y buscas alguna solución tangencial, pero me temo, que es tan claro el asunto y tan evidente que no encaja en los supuestos que tu ofreces y sí, en los supuestos que yo te pongo.
Me resulta muy fácil defenderme a mi y al resto de compañeros que estamos perjudicados y es muy muy difícil defender a SEAT.

Es como si yo defiendo a una persona violada y tu al violador (ambos merecen la mejor defensa) pero es que hay un video y 100 testigos que lo han visto todo, y por tanto alabo tu mentalidad, para seguir defendiendo al violador, pues yo creo que todo el mundo merece la mejor defensa aunque sea culpable. El Derecho es así de bonito, para los que lo tenemos simplemente como hobby.
 
Te transcribo el punto II.2 de mi contrato de compra:
"En el caso de que el Vendedor no pudiese suministrar el vehículo especificado por haber cesado el Fabricante su producción, el Vendedor comunicará tal circunstancia al Comprador por escrito. El Comprador podrá optar por adquirir un modelo o tipo distinto, o por cancelar este Contrato".

Eso significa que tu concesionario me puede decir: "Señor Pep'On, como Vd. bien me reclama, el Sr. SEAT ya no fabrica el acabado Xcellence con DCC. Que prefiere Vd. elegir otro tipo de acabado o de modelo, o cancelar el contrato"

Alguien ha recibido ya esa comunicación por escrito...?
 
@Pep'on te estoy aportando pruebas y conocimiento de como funcionan las cosas,
Me encanta este debate, donde intentas hacer de SEAT (sin serlo que no lo pongo ni en duda) y buscas alguna solución tangencial, pero me temo, que es tan claro el asunto y tan evidente que no encaja en los supuestos que tu ofreces y sí, en los supuestos que yo te pongo.
Me resulta muy fácil defenderme a mi y al resto de compañeros que estamos perjudicados y es muy muy difícil defender a SEAT.

Es como si yo defiendo a una persona violada y tu al violador (ambos merecen la mejor defensa) pero es que hay un video y 100 testigos que lo han visto todo, y por tanto alabo tu mentalidad, para seguir defendiendo al violador, pues yo creo que todo el mundo merece la mejor defensa aunque sea culpable. El Derecho es así de bonito, para los que lo tenemos simplemente como hobby.

Vamos a ver.... si sé sintetizar mis ideas:

A.- Yo no defiendo a SEAT (ni creo que la haya defendido en ningún mensaje). Ya se defenderá sóla si quiere.

B.- Creo que tenéis/tenemos razón: Nos han vendido un producto con unas características que no cumple (aunque el resto son cojonudas y a un precio de escándalo).

C.- Estamos en nuestro derecho de reclamar lo que consideramos que es justo, y es bueno que lo hagamos, así evitamos que los grandes pisoteen a los pequeños.

D.- ¿Cómo habría que reclamar? Pues parece que lo correcto es lo que llevamos diciendo:
1º contra SEAT, bien sea a través del concesionario o bien a través de Seat Responde
2º Si no hacen caso en el punto 1º, a través de Organizaciones de Defensa del Consumidor, públicas y/o privadas (Oficina municipal, OCU, FACUA, ...)
3º Si así y todo no hace caso... vía Judicial. Ahí ya no sé que vía, si Civil, si Penal, ... eso ya se vería.

D.- CUANDO HAY QUE RECLAMAR? Ahí es donde discrepo. Algunos de vosotros, los más "enérgicos" en el foro, defendéis que debe hacerse ANTES de tener el coche. Yo, y algunos como yo, pensamos que sin tener el coche no podemos saber si tenemos DCC o no lo tenemos, por tanto debemos empezar con el punto 1º DESPUES de recibir el coche.

En este debate no hay quien tenga más razón que otro. Tú crees que es mejor hacerlo antes? Adelante hazlo, estás en tu pleno derecho. Yo, sin embargo, seguiré en mis trece y no lo haré hasta tener el coche.

Sin embargo, como somos muchos apuntados a la plataforma y habrá algunos que no tienen ni idea de Derecho ni de Leyes ni de como funcionan estas cosas, tal vez te hagan caso. Entonces, para estos "analfabetos legales" (espero que no se ofenda nadie) y sólo para ellos, quiero hacerles ver que no todo es tan sencillo como lo pintas tú. Antes de tener el coche únicamente hay un contrato firmado, el mío pone lo que he transcrito, y -a las malas- y les puede salir el tiro por la culata. Simplemente eso, que lo sepan, y luego que tomen la decisión que consideren oportuno.

A mi el Derecho ni me va ni me viene, lo que yo tengo claro es que si algo no cumple con mis requisitos, no lo compro y punto. Lo que no hago es comprarlo y quejarme de lo que tiene o deja de tener.

Este coche es perfecto para mí, tiene todo lo que necesito y muuuuchas virtudes y supongo que también tendrá defectos, pero ya se los iré descubriendo. Lo de que tenga -o no- DCC es totalmente secundario y, como no lo he tenido nunca, prescindible.

Si reclamo es precisamente para que la compañía se de cuenta de que es igual de importante el ingeniero que diseña el motor como el publicista que crea el catálogo, y ya que será la marca que conduciré en los próximos años (espero que bastantes) sirva esto para vaya mejorando como tal.
 
Te transcribo el punto II.2 de mi contrato de compra:
"En el caso de que el Vendedor no pudiese suministrar el vehículo especificado por haber cesado el Fabricante su producción, el Vendedor comunicará tal circunstancia al Comprador por escrito. El Comprador podrá optar por adquirir un modelo o tipo distinto, o por cancelar este Contrato".

@Pep'on Tengo que intentar hacerte razonar muy amablemente y con las mejores palabras y las pruebas necesarias, nadie debe creer nada a ciegas (Ver para creer y, para no errar, tocar), yo prefiero que dudes, que si te convenzo a tí tal vez pueda hacerlo con SEAT.
En la frase que tu pegas de tu contrato, se ve claramente que dice que el COMPRADOR PUEDE OPTAR, y tú eres el comprador, por tanto sólo tu puedes optar, (=elegir, escoger, etc) sólo tu como comprador. En ninguna parte pone que el VENDEDOR que es SEAT. puedan escoger nada de nada. Por tanto SEAT no te rescinde ningún contrato ni te deja sin coche, ni nada de nada, le reclames o le dejes de reclamar lo que sea, antes de que te den el vehículo.
Y el resto de compañeros te agradecen que les pegues este trozo en concreto porque es claro en si mismo.
Tal vez, con tanto lío hayas confundido algún término."el COMPRADOR PUEDE OPTAR"
Para cerrar el galimatias que no lo es, pongamos un poco de humor, (así deben hacer los contratos en SEAT)
Te acuerdas de la película de los hermanos Marx

......– Haga el favor de poner atención en la primera cláusula porque es muy importante. Dice que… la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte. ¿Qué tal, está muy bien, eh?
– No, eso no está bien. Quisiera volver a oírlo.
– Dice que… la parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte.
– Esta vez creo que suena mejor.
– Si quiere se lo leo otra vez.
– Tan solo la primera parte.
– ¿Sobre la parte contratante de la primera parte?
– No, solo la parte de la parte contratante de la primera parte.
– Oiga, ¿por qué hemos de pelearnos por una tontería como ésta? La cortamos.....
 
Te transcribo el punto II.2 de mi contrato de compra:
"En el caso de que el Vendedor no pudiese suministrar el vehículo especificado por haber cesado el Fabricante su producción, el Vendedor comunicará tal circunstancia al Comprador por escrito. El Comprador podrá optar por adquirir un modelo o tipo distinto, o por cancelar este Contrato".

@Pep'on Tengo que intentar hacerte razonar muy amablemente y con las mejores palabras y las pruebas necesarias, nadie debe creer nada a ciegas (Ver para creer y, para no errar, tocar), yo prefiero que dudes, que si te convenzo a tí tal vez pueda hacerlo con SEAT.
En la frase que tu pegas de tu contrato, se ve claramente que dice que el COMPRADOR PUEDE OPTAR, y tú eres el comprador, por tanto sólo tu puedes optar, (=elegir, escoger, etc) sólo tu como comprador. En ninguna parte pone que el VENDEDOR que es SEAT. puedan escoger nada de nada. Por tanto SEAT no te rescinde ningún contrato ni te deja sin coche, ni nada de nada, le reclames o le dejes de reclamar lo que sea, antes de que te den el vehículo.
Y el resto de compañeros te agradecen que les pegues este trozo en concreto porque es claro en si mismo.
Tal vez, con tanto lío hayas confundido algún término."el COMPRADOR PUEDE OPTAR"
Para cerrar el galimatias que no lo es, pongamos un poco de humor, (así deben hacer los contratos en SEAT)
Te acuerdas de la película de los hermanos Marx

Pues ahora te voy a explicar yo lo que entiendo de la clausula de mi contrato:

"No pudiese suministrar el vehículo especificado": Según tú, qué has comprado? qué es lo que reclamas? Si no voy mal, tu has comprado un Seat Ateca TDI 190 Cv 4 x 4 con acabado Xcellence
Y CON DCC (porque así lo dice el catálogo), pero... caramba, ese modelo NO EXISTE.

Queda claro que no te pueden suministrar ese coche? Tu lo sabes de antemano, les has escrito preguntando y les vas a poner una reclamación antes de recoger el coche. Por tanto, nos vamos a la segunda parte de la frase: Si no te suministran el modelo especificado (recordemos por si alguien lo ha olvidado: un Ateca con acabado Xcellence y CON DCC) puedes OPTAR (como tú bien dices elegir, escoger) entre OTRO MODELO (por ejemplo, un Seat Leon, un Seat Alambra... o un Seat Ateca con acabado Xcellence SIN DCC), o cancelar el contrato.

Como bien sabes si eres tan aficionado al Derecho, las normas SE INTERPRETAN, que tú interpretes una cosa, no quiere decir que el sentido de las mismas sea lo que tú creas.

Y repito lo de antes, yo no quiero que me des la razón, igual que no te la voy a dar yo, simplemente quiero que quien nos lea que tenga todos los elementos de juicio y ELIJA LO QUE TIENE QUE HACER.



 
completamente de acuerdo, @Pep'on ves las cosas de otra manera diferente a como las veo yo y todas son respetables. Aunque yo creo que si pueden entregar el vehículo especificado, aquí no se trata de una pega de un departamento público de homologaciones como fue el 4x2. Aquí si quieren, le dicen a fábrica que lo ponga o cuando pasen por España, pueden hacerlo ellos perfectamente. Otra cosa es que quieran hacerlo.
El cliente que tenga un 4x2 y no opte al cambio y quiera seguir esperando 8 meses más por el vehículo nadie se lo impide. Tal vez si a mi me ofrecen esa solución también la comparto, para que traiga el Sonido Motor, el DCC y tal vez ya me pueda venir con Alarma y portón eléctrico, e incluso con toma de mechero trasera, pero eso es que me estarán dando ya algo superior al Style, Xcellence, X perience, me estarán dando el ATECA FR o el ATECA cupra.
Si me lo dan por el mismo dinero, yo me espero.

País como el nuestro no lo hay, vivir y dejar vivir, y por ende se respeta todo.
Tu tienes tu opinión y yo otra y ambas son respetables.
 
@Pep'on lo que entiendo es que reclamando no tengo nada que perder y mucho que ganar. Ahí lo resumo todo

En ningún momento he dicho lo contrario. ¿Pero tu te atreves a decirle CON TOTAL SEGURIDAD a algún compañero del foro cuando es el momento de hacerlo? Yo no soy capaz de hacerlo, sólo argumento el porque prefiero hacerlo después.
 
Seguro en esta vida, solo es "la muerte" que incluso te da toda una vida de ventaja, y termina igualmente ganando.
ahhh y.......pago impuestos luego existo.
 
En ningún momento he dicho lo contrario. ¿Pero tu te atreves a decirle CON TOTAL SEGURIDAD a algún compañero del foro cuando es el momento de hacerlo? Yo no soy capaz de hacerlo, sólo argumento el porque prefiero hacerlo después.
Respetando la autonomía de la voluntad de cada uno, cuando les de la gana.
A Seat desde ya, si quieren.
Ante consumo, cuando reciban el coche
 
Esta mañana me han contestado a mi, que han recibido el correo y que están estudiando mi caso y me dirán algo cuando lo sepan o algo así, total contestación tipo y a contestar al siguiente correo.

Espérate que en el punto II.3 pone esto:
Salvo que expresamente se manifieste lo contrario en el Pedido, el cliente acepta cualquier modificación técnica, o de equipamiento, que el Fabricante hubiera podido introducir en el momento solicitado desde la fecha de solicitud hasta la entrega, siempre que éstas no sean de carácter esencial
 
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