Comprar Ateca con discapacidad

Tema en 'General' iniciado por Macintosh, 30 Jul 2019.

  1. Juan59

    Juan59 Forero Experto

    Ubicación:
    Broto (Huesca)
    Motor:
    2.0 TDI CR 150 CV 4Drive
    Versión:
    Style
    Color:
    Plata Brillante
    Javier Somoza, no es correcta la aclaracion, pues las autoridades competentes,si el titular no va en el vehiculo, el conductor tiene que justificar que el beneficiario esta hospitalizado o se esta usando el vehiculo para su servicio, si no es motivo de sancion y devolucion de las bonificaciones e incluso en alguna comunidad la inmovilizacion del vehiculo hasta que no actualice la documentacion.
    Yo soy minusvalido y me informe del tema mi coche lo conduce mi mujer y las autoridades tambien me lo confirmaron.
    Tambien hay que aportar que tiene que ser una casualidad que lo miren al no ser que haiga un percance.
    Aun que hoy en dia con las maquinitas que llevan les sale que esta exento del permiso de circulacion y entonces es cuando lo miran.
     
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  2. Javier Somoza

    Javier Somoza Forero Experto

    Motor:
    1.4 EcoTSI 150 CV DSG-7
    Versión:
    Xcellence
    Color:
    Blanco Bila
    Mira a mi me parece bien que las autoridades y los funcionarios "acojonen al personal" con este tema, de esta forma se evitara más de un fraude manifiesto. Pero lo que estas comentando seria fácilmente recurrible... No te digo yo que si se ponen brutos, no te puedan sancionar pero no tendrían razón. Nada impide que el propietario del vehículo te lo preste para irte un fin de semana (o un mes entero) de vacaciones con el donde te plazca..

    la única forma de demostrar fraude seria realizar un seguimiento continuado y verificar de forma fehaciente que el beneficiario no utiliza el coche en un periodo prolongado de tiempo. Y aun así, habría matices.. cuanto es un uso habitual, se puede interrumpir el uso habitual por alguna causa... etc, etc.
    De hecho Hacienda solo exige como prueba que la titularidad del vehículo sea del beneficiario, o de una persona cercana, cónyuge, pareja de hecho, etc (no recuerdo el texto exacto del reglamento).

    lo demás.. es meter miedo de forma infunda.

    tu crees que si pudieran hacerlo ¿ no lo harían ? ahora que se pone un coche patrulla detrás de ti, escanea la matricula y les sale si tienes seguro, si tienes la ITV, si tal... De verdad crees, que si pudieran, ¿no lo harían ? lo que pasa es que no se ajusta a derecho. No hay ninguna norma, ni ninguna ley que te impida conducir el coche de un familiar o de un amigo (da igual)
     
  3. Reynho

    Reynho Forero Experto

    Ubicación:
    Madrid
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    1.0 TSI 115 CV Ecomotive
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    Style Plus
    Color:
    Verde Jungla
    Es lo que yo decía, el tema del uso habitual es tan general, que no es posible sancionar con ello a no ser que haya un seguimiento de x tiempo y, aun así, como indica Javier, sigue siendo algo subjetivo.
     
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  4. Juan59

    Juan59 Forero Experto

    Ubicación:
    Broto (Huesca)
    Motor:
    2.0 TDI CR 150 CV 4Drive
    Versión:
    Style
    Color:
    Plata Brillante
    Javier tienes razon pero hay que tener en cuenta que es un coche comprado con una serie de beneficios y limitaciones, como he dicho tiene que ser una casualidad que te paren por ese motivo, y los vehiculos comprados con este fin no los puede conducir cualquier persona al no ser que esten dentro del ambito familiar, o con autorizacion del beneficiario demostrada y este declarado como conductor habitual.
     
  5. Trastolillo

    Trastolillo Forero Experto

    Ubicación:
    Cantabria
    Motor:
    1.4 EcoTSI 150 CV DSG-7
    Versión:
    Xcellence Plus
    Color:
    Rojo Velvet
    En Cantabria y con el 33% de discapacidad únicamente te libran del impuesto de circulación y el vehículo es de libre uso.
     
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  6. Bichobio

    Bichobio Forero Experto

    Ubicación:
    Santvi Horts BCN (Bilbao Steel)
    Motor:
    1.4 EcoTSI 150 CV
    Versión:
    FR
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    Blanco Nevada
    Mucho han cambiado las cosas y para mal o algo falla aquí.

    Si no presentas la documentación original correspondiente, emitida por el Departamento de Acción Social de la DFB o por la Tesorería General de la Seguridad Social, en la que se acredite una discapacidad del tipo que sea, no tendrás ni la exención del IVTM, ni la reducción de IVA que pueda corresponderte.

    Adjuntar un informe médico, no acredita una situación de discapacidad para obtener una reducción del IVA en Hacienda, ni la exención del IVTM.
     
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  7. Bichobio

    Bichobio Forero Experto

    Ubicación:
    Santvi Horts BCN (Bilbao Steel)
    Motor:
    1.4 EcoTSI 150 CV
    Versión:
    FR
    Color:
    Blanco Nevada
    Joder... ¿tendrás a mano el formulario o la documentación donde se especifica ese "libre uso"? Siento curiosidad por ver exactamente, la redacción del texto y la interpretación a que puede llevarnos.
     
  8. Trastolillo

    Trastolillo Forero Experto

    Ubicación:
    Cantabria
    Motor:
    1.4 EcoTSI 150 CV DSG-7
    Versión:
    Xcellence Plus
    Color:
    Rojo Velvet
    Quiere decir, que el vehículo que tenemos está a nombre de mi esposa, que tiene ese grado de discapacidad, puede ser usado tanto para llevarla a ella, como para el resto de uso habitual que se le da a un vehículo. Al menos y en el caso del grado del 33% no hay más restricciones.
    Posiblemente si compras el coche en la comunidad donde reside el propietario y circula de forma habitual por otra distinta habría algún problema, pero en el caso nuestro ya te digo que no.
     
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