Importante. Garantía en nuestros vehículos

Tema en 'General' iniciado por kioba_kny, 8 Sep 2016.

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  1. kioba_kny

    kioba_kny Forero Experto

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    Se que muchos no querrán leerse estas líneas porque tener que acudir con un vehículo nuevo al taller por un problema aunque entre en garantía no es plato de buen gusto para nadie.

    Pero bueno seamos realistas y pensemos que nuestros coches no dejan de ser máquinas y que como tales fallan, y ya puestos a fallar, mejor que lo hagan en garantía que no después y nos toque correr a nosotros con ese improvisado fallo.

    Muy importante y a tener en cuenta el punto 4.


    Garantía

    Para beneficiarse al máximo de los plazos y derechos que la ley otorga para un coche en garantía, hay que seguir una serie de pasos, pero que rara vez se ponen en práctica


    Los defectos y averías en los vehículos nuevos están garantizados durante dos años desde su entrega, que se reduce a un año en el caso de los de segunda mano. En cuanto a las reparaciones ordinarias en un taller, la garantía es por tres meses o 2.000 kilómetros. En el presente artículo se indican las claves para beneficiarse al máximo tanto de los plazos como de los derechos que la ley otorga. Basta con seguir una serie de pasos que son muy sencillos, pero que no se tiene por costumbre poner en práctica.

    Seis claves para aprovechar la garantía del coche
    No consiste tanto en "estirar" los plazos de la garantía, como en hacer que se cumplan conforme a la ley

    Las reparaciones del automóvil en un taller suelen ser costosas. Por ello, conviene sacar el máximo provecho de los dos años de garantía, aunque esto requiere una conducta activa por parte consumidor, que no siempre se lleva a la práctica.

    En realidad, es sencillo y no consiste tanto en "estirar" los plazos, como en hacer que estos se cumplan conforme a la ley. Las claves para hacerlo son las siguientes:

    1. Hay un plazo de dos meses para que el cliente comunique al vendedor la existencia del defecto. Se cuenta desde que se detecta el fallo. Lo habitual, y la conducta apropiada, es comunicarlo a quien vendió el coche en cuanto se tiene conocimiento del mismo.

    2. Existe un periodo de seis meses, desde la entrega del vehículo, durante el que se presume que el defecto es de origen. Si el vendedor pretendiera eximirse de su responsabilidad, debe probar, de manera objetiva, que el defecto se debe a un mal uso del propietario o conductor.

    3. A partir de los seis meses hasta cumplirse los dos años, continúa la garantía. Pero en este tiempo, si el vendedor pretendiera eximirse de responsabilidad, será el consumidor quien deberá examinar, de manera objetiva, que el defecto era de origen. Esta prueba puede resultar costosa, pues es habitual que pase por presentar un informe pericial, que es de pago.

    4. Los plazos se interrumpen, se suspenden y vuelven a correr cuando se hace uso de la garantía. Si el coche entra al taller, el periodo de la garantía se para, pero sigue el día de su entrega ya arreglado.

      Un vehículo depositado al quinto mes de la garantía -con todavía 19 meses más- y que tarda un mes en ser devuelto a su propietario, no sale del taller con 18 meses de garantía sino con el mismo plazo con el que entró, es decir, 19 meses. Para no perder ese mes de garantía en el que se ha visto privado del automóvil, se deben solicitar dos documentos: resguardo de depósito el día de la entrega y documento acreditativo de la devolución con su fecha.


      El resguardo de depósito tiene otras funciones y por ello debe incluir en letra legible que es una reparación en garantía -de ahí su gratuidad por todos los conceptos- y cuáles son los defectos que presenta o manifiesta el coche. Al recogerse, deben detallarse las intervenciones realizadas, los elementos reparados y las piezas cambiadas en garantía, con importe cero euros.

      Si se siguen estos sencillos trámites, se previenen malentendidos innecesarios tanto sobre los plazos y vigencia de la garantía como sobre los defectos reparados.


    5. La reparación debe llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes. Ante demoras excesivas, habrá que solicitar una hoja de reclamaciones y dejar constancia de un incumplimiento de las obligaciones del garante.

      De no cumplirse este plazo razonable, se puede exigir desde la rebaja del precio de compra a la sustitución del vehículo por otro nuevo e igual o la resolución del contrato. Este último término no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.

    6. Hay otro periodo de seis meses posteriores a la entrega del vehículo reparado en el que el vendedor sigue respondiendo del arreglo. Ello resulta de gran utilidad cuando la intervención ha sido realizada al final de los dos años de la garantía.

      Así, un automóvil que entra al taller del garante con solo un mes de garantía y que permanece en el mismo esos 30 días, no sale con la garantía consumida. Le queda un mes de garantía legal (la idéntica con la que entró y que quedó suspendida) más una garantía por seis meses para la concreta reparación realizada. Esto deberá ser acreditado con el correspondiente resguardo de depósito y devolución.
    Reparaciones fuera de la garantía de compra
    La garantía de las reparaciones fuera de garantía de compra caduca a los tres meses o 2.000 kilómetros recorridos. Al recoger el coche, habrá que solicitar factura, firmada, sellada y con el correspondiente IVA. En otro caso, el consumidor se encontrará en serias dificultades para reclamar la garantía del arreglo.

    El Real Decreto 1.457/1986 regula, a nivel estatal, las obligaciones de los talleres de reparación del automóvil, aunque en algunas comunidades se han dictado legislaciones específicas. En este caso, antes de reparar, el consumidor tiene derecho a un presupuesto.

    Al dejar el vehículo para la elaboración de presupuesto o para su reparación, hay que solicitar un resguardo de entrega con su fecha, identificación del coche, número de kilómetros y el estado del tanque de combustible, así como si el depósito del autómovil se efectúa para la confección del presupuesto o para el arreglo del automóvil. Además, conviene hacer una descripción sucinta de la reparación o servicios que se prestarán, con sus importes, si fueran ya conocidos, en el caso de que el turismo se deje para arreglo y la fecha prevista de entrega, bien del presupuesto solicitado, bien del vehículo reparado
     
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  2. Pampín

    Pampín Forero Habitual

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    Muy interesante, gracias por la información.
    Tengo una duda respecto al punto 1, tendría que comunicarle el defecto al concesionario concreto que me vendió el coche? No valdría si voy a cualquier taller Seat? Lo digo porque el taller lo tengo a 5km de casa pero lo he comprado a unos 70km.
     
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  3. RaulKO

    RaulKO Forero Experto

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    Gran aportación... gracias.

    Todos estamos de acuerdo en que esperamos no tener que recurrir a esto, pero de ser necesario, está muy bien tener esta información a mano...
     
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  4. Juanki

    Juanki
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    Muy buena aportación. A tener en cuenta con nuestros vehículos.
    @Pampín cualquier taller de la red de talleres oficiales SEAT sirve para comunicar el defecto y ejercer la garantía.
     
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  5. Pampín

    Pampín Forero Habitual

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    Ok, entonces perfecto, esperemos que solo tengamos que pasarnos a las revisiones...
     
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  6. coki_fontana

    coki_fontana Forero Habitual

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    Muchas gracias y muy buena información. Esperemos que no tengamos que utilizarla. Se agradece toda información.
     
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  7. Torno

    Torno Forero Activo

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    Muchas gracias. Es algo muy a tener en cuenta y que desconocía.
     
  8. Soleete

    Soleete Forero Novato

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    Buenas tardes,

    Muy interesante la información. ¿Cual es la fuente de esa información? Tengo un problema relacionado con el punto 5 y necesitaría saber si esta garantía la da SEAT en concreto o viene regulado por la ley. Muchas gracias, espero vuestra respuesta
     
  9. Soleete

    Soleete Forero Novato

    Motor:
    1.0 TSI 115 CV Ecomotive
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    Rojo Velvet


    Buenas tardes,

    Muy interesante la información. ¿Cual es la fuente de esa información? Tengo un problema relacionado con el punto 5 y necesitaría saber si esta garantía la da SEAT en concreto o viene regulado por la ley. Muchas gracias, espero vuestra respuesta
     
  10. Javimitsu

    Javimitsu Forero Experto

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    Buenos días @Soleete , pásate por el hilo de presentaciones y nos cuentas algo más de ti y de tu coche;) Es una norma de obligado cumplimiento en cualquier foro de internet (y en la vida real). Presentarse antes de postear;):thumbsup:

    Espero que no te de muchos problemas ese tema de garantía.

    Saludos!
     
  11. cokermars

    cokermars Forero Activo

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    Una pregunta a todo esto de las garantías. ¿Si me compro un coche en un concesionario, puedo llevarlo a otro concesionario Seat diferente al de la compra? ¿Te ponen pegas?

    Gracias

    Vale, entiendo que si. Gracias.
     
  12. JorgeBCN

    JorgeBCN Forero Habitual

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    Cardedeu
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    Normalmente si, no te ponen problemas. Al menos eso me dijo el de mi concesionario.

    Saludos
     
  13. Pakomalaga

    Pakomalaga Forero Experto

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    Pizarra (Málaga)
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    Hay que tener en cuenta que el coche se lo compramos a Seat, no al concesionario, por lo tanto en cualquier Seat tienen que aceptar tu garantía. Si no fuese así qué pasaría si cierra nuestro concesionario, ¿nos quedamos sin garantía?
     
  14. Clipmaster

    Clipmaster Forero Experto

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    Hay que llevarse algún documento de la garantía del concesionario en la compra? O ellos guardan registro de todo de forma telemática?
     
  15. Ajr

    Ajr Forero Experto

    A mí me dieron un folio sellado donde habla de la extensión de la garantía. Para la garantía habitual, con la factura de compra debería ser suficiente.
     
  16. Pakomalaga

    Pakomalaga Forero Experto

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    Pizarra (Málaga)
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    ¿No se entrega un libro de mantenimiento? Ahí debe aparecer la fecha de compra.
     
  17. grr1200

    grr1200 Forero Experto

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    Para los que firmen el pedido del coche después del 1º de enero de 2022 (al parecer, no incluye los que se hayan contratado antes de esa fecha, aunque se entreguen después de año nuevo), les será de aplicación el nuevo periodo de garantía de 3 años y otras mejoras en la protección al consumidor.
    Tres años de garantía por ley para los coches nuevos desde 2022
     
  18. 831957

    831957 Forero Novato

    Buenas! Gran aporte! Lo tendré muy en cuenta, porque lamentablemente después de recibir el coche el 21.01.22 ya tengo cita para taller para finales de marzo :mad: Esperemos que no sea nada.