Buenas noches a todos! Abro este tema ya que me surge una duda ante una de las Condiciones Generales del contrato de financiación, y ante la cual, si significa lo que yo entiendo, no he sido informado en ningún momento por mi comercial. El tema es que en el punto número 12 (véase la imagen), habla sobre la obligatoriedad de contratar seguro a todo riesgo durante la duración del contrato. El tema es que no se si lo estoy interpretando bien, es decir, que me están obligando a contratar un seguro a todo riesgo para asegurarse la financiera de cobrar lo que resta por pagar del coche si me quedo sin el o bien es otra cosa distinta. Si es así, ¿pueden obligarte a contratar un seguro a todo riesgo? Espero que alguien pueda sacarme de dudas! Muchas gracias atequeros. P.d. creo que este es el lugar correcto para este tema, en caso de que no, por favor movedlo a otro lado (queridos moderadores)
Buenas tardes Zenderen, el problema es ese, que en el contrato no hay información acerca de que ocurre si no cumples esa "condición". Hablaré con el comercial para que me lo explique bien, y para que si es así, me de alguna explicación de por qué no me ha informado de ella. SALUDOS!
Hola compi! El pasado jueves, tras la entrega del vehículo le pregunté a mi comercial a cerca de este punto del contrato y me dijo que no me afectaba para nada. De hecho me explicó que va dirigido a esas personas que hacen una modalidad en la cual transcurrido unos años te dan la opción de quedarte el coche y refinanciarlo o directamente no quedártelo. Con lo cual creo que podemos estar tranquilos por ese lado, para quien no quiera ponerlo a todo riesgo.